Servidumbre
¿Qué es la Servidumbre?
La servidumbre es una franja de protección que garantiza a Interagua el libre acceso a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario y pluvial para realizar mantenimiento y, de esta manera, asegurar un óptimo servicio a la ciudadanía del cantón de Guayaquil. El derecho de servidumbre con sus respectivas dimensiones está estipulado en la "Ordenanza de Servidumbre y Cesión Gratuita de Terrenos" de la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil.
Usuarios con título de propiedad que requieran:
En el trámite de Rectificación de Linderos y Mensuras de Predio Urbano, el/los propietario(s) de un bien inmueble solicitan al el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil la actualización de la información de linderos y mensuras registrada en el sistema catastral con la finalidad de que coincida con la realidad y lo estipulado en la escritura.
En los casos donde el Municipio de Guayaquil considere necesario, exigirá, mediante un oficio a el/los propietario(s) del bien inmueble, adjuntar el certificado de afectación por servidumbre.
Para ello, el/los propietario(s) deberán solicitar el certificado de afectación por servidumbre a través de la Página Web de Interagua, o por medio de las oficinas de Agencias de Atención al cliente de Interagua, adjuntando los requisitos.
Es el trámite a través del cual el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, una vez que ha determinado que el propietario de un predio está ocupando un excedente de terreno que no afecta a los vecinos y que sobrepasa el porcentaje de error técnico aceptable, autoriza y efectúa la venta del excedente.
En los casos donde el Municipio de Guayaquil, considere necesario, dispondrá mediante un oficio a el/los propietario(s) del bien inmueble, adjuntar el certificado de afectación por servidumbre.
Para ello, el/los propietario(s) deberán solicitar el certificado de afectación por servidumbre a través de la Página Web de Interagua, o por medio de las oficinas de Agencias de Atención al cliente de Interagua, adjuntando los requisitos.
¿Qué necesito para iniciar el trámite?
¿Cómo obtengo un plano topográfico del terreno georeferenciado en coordenadas UTM?

Planimetría del predio, mostrando las coordenadas de los vértices, e incluyendo referencias de las vías principales del sector.

Área del terreno y mensuras, así como el código catastral.

Para terrenos de topografía irregular (variación en la elevación) será necesario incluir las curvas de nivel cada cinco metros, con cotas referidas a placas IGM.

En el caso de existir cauces naturales o canales se debe incluir cortes transversales cada 20 metros, con datos de cotas de bordes y solera referidas a placas IGM.

El plano debe tener firma de responsabilidad técnica de un Ingeniero Civil o Arquitecto.

En caso de existir, dentro del terreno o en el área adyacente inmediata infraestructuras visibles (alcantarillas, conductos cajones, tuberías de AA.SS, AA.LL y AA.PP), el plano debe mostrar su trazado y longitud.